Artículo 1 — Artículo 1
(Aporte patronal jubilatorio y contribución especial por servicios bonificados) El aporte patronal jubilatorio y la contribución especial por servicios bonificados de los trabajadores que desempeñen tareas a bordo en buques de pesca cuyos permisos sean categoría B de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto N° 115/018, de 24 de abril de 2018 se aplicará sobre la escala de sueldos fictos que se establece a continuación. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>