Decreto231-2024·2024

APLICACION DE ESCALA DE SUELDOS FICTOS QUE SE DETERMINAN, A LOS EFECTOS DEL CALCULO DEL APORTE PATRONAL JUBILATORIO Y LA CONTRIBUCION ESPECIAL POR SERVICIOS BONIFICADOS DE LOS TRABAJADORES PESQUEROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/08/2024

Fecha de publicación

28/08/2024

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

(Aporte patronal jubilatorio y contribución especial por servicios bonificados) El aporte patronal jubilatorio y la contribución especial por servicios bonificados de los trabajadores que desempeñen tareas a bordo en buques de pesca cuyos permisos sean categoría B de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto N° 115/018, de 24 de abril de 2018 se aplicará sobre la escala de sueldos fictos que se establece a continuación. <IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto tendrá vigencia desde el 1° de junio de 2024 hasta el 30 de abril de 2025.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese al Banco de Previsión Social, etc.