Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase el costo ficto de forestación para el Ejercicio 1985, en N$ 10.050,00 (son nuevos pesos diez mil cincuenta) por hectárea y el costo ficto de mantenimiento de los bosques para el Ejercicio 1985, en N$ 1.005,00 (son nuevos pesos un mil cinco), por hectárea, de conformidad con lo dispuesto por el inciso 2 del artículo 21 del decreto ley 14.948, de 7 de noviembre de 1979.