Decreto232-1989·1989

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. ABRIL 1989. MAYO 1989

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/05/1989

Fecha de publicación

6 de enero de 1989

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de abril de 1989, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el decreto ley 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 3.711.67 (nuevos pesos tres mil setecientos once con 67/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de abril de 1989 en N$ 3.454.28 (nuevos pesos tres mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con 28/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo, asciende en el mes de abril de 1989 a 565,48 (quinientos sesenta y cinco con 48/100) sobre base diciembre de 1985 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de mayo de 1989 es de 1,6992 (uno con seis mil novecientas noventa y dos diezmilésimas).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.