Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase, a partir del 1° de enero de 2019, un aumento nominal del 2,35% (dos con treinta y cinco por ciento) sobre las remuneraciones sujetas a montepío, de los funcionarios pertenecientes al Escalafón K "Personal Militar" y de los funcionarios civiles equiparados a dicho escalafón, que cumplan los extremos detallados en el artículo siguiente, con la única finalidad de cubrir el incremento en la tasa de aporte personal según lo previsto por el literal B) del artículo 5° de la Ley N° 19.695 de 29 de octubre de 2018.