Decreto233-2019·2019

COMUNICACION AL ADME LOS CAUDALES MINIMOS O CAUDALES AMBIENTALES QUE SERAN CONSIDERADOS COMO RESTRICCIONES PARA EL DESPACHO DE LAS CENTRALES HIDROELECTRICAS. RIO NEGRO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/08/2019

Fecha de publicación

26/08/2019

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

El Ministerio de Industria Energía y Minería comunicará a la Administración del Mercado Eléctrico (ADME) los caudales mínimos o caudales ambientales que serán considerados como restricciones para el despacho de las centrales hidroeléctricas ubicadas sobre la cuenca del Río Negro.

Artículo 2Artículo 2

La Administración del Mercado Eléctrico (ADME) establecerá un procedimiento operativo y de comunicación con los agentes e interesados vinculados con la restricción de despacho mencionada en el artículo 1.

Artículo 3Artículo 3

Publíquese, Comuníquese.