Decreto234-1996·1996

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. MAYO 1996. JUNIO 1996

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/06/1996

Fecha de publicación

27/06/1996

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de mayo de 1996, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 126,07 (pesos uruguayos ciento veintiséis con 07/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los doce meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de mayo de 1996 en $ 123,32 (pesos uruguayos ciento veintitrés con 32/100).-

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice de los Precios al Consumidor, asciende en el mes de mayo de 1996 a 18.731,28 (dieciocho mil setecientos treinta y uno con 28/100) sobre base diciembre 1995 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los Alquileres que se actualizan en el mes de junio de 1996 es de 1,2991 (uno con dos mil novecientas noventa y una diezmilésimas).-

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese