Artículo 1 — Artículo 1
Exonérase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto N° 90/000 de 3 de marzo de 2000, para la contratación de la reconstrucción de 52 metros de frente del muelle interior de la escollera del Puerto de Punta del Este, Departamento de Maldonado.