Decreto237-1991·1991

ACUERDOS INTERNACIONALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de julio de 1991

Fecha de publicación

26/06/1991

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Cométese al Ministerio de Relaciones Exteriores la representación del estado requirente en los términos y a los efectos previstos por el artículo 18 del Tratado mencionado en la parte expositiva del presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.