Artículo 1 — Artículo 1
Suspéndese el plazo de publicación previsto por el artículo 3º del Decreto reglamentario de la Ley Nº 10.089 de 12 de diciembre de 1941, respecto de las nuevas categorías de productos patentables de conformidad a lo dispuesto en el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionado con el Comercio (ADPIC), hasta tanto se adopte la reglamentación correspondiente para la ejecución del Acuerdo, de conformidad a lo establecido en el mismo.