Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) el inmueble empadronado con el N° 470 (p) ubicado en la 7ª Sección Catastral del Departamento de Salto que según plano de mensura N° 1439 bis del Departamento de Bienes Raíces levantado por el Ing. Agrim. Jorge Laviano consta de un área de 4725 m2 que se deslinda de la siguiente forma: al Este da frente a Camino Departamental según una recta de 45 m cuyo punto más próximo dista un total de 669 m 68 cm, medidos en cinco tramos rectos, de la divisoria con el padrón N° 298; por el Norte 105 m, por el Oeste 45 m y por el Sur 105 m, lindando por estos tres vientos con la fracción restante del padrón 470.