Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la firma Gaseba Uruguay S.A. (Grupo Gaz de France) el ajuste en sus tarifas a regir a partir del 1º de mayo de 2004, para al servicio de distribución de gas natural de Montevideo, conforme al Cuadro de Tarifas Máximas que se anexa y forma parte del presente decreto.