Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste extraordinario en sus tarifas a regir a partir del 1° de setiembre de 2019, por el servicio de suministro de gas natural en el sur del país, con excepción de Montevideo, y en la Ciudad de Paysandú conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I y II<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forman parte del presente Decreto.