Decreto239-2019·2019

FIJACION DE LAS TARIFAS DE GAS NATURAL. CONECTA S.A. SETIEMBRE 2019

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/08/2019

Fecha de publicación

30/08/2019

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste extraordinario en sus tarifas a regir a partir del 1° de setiembre de 2019, por el servicio de suministro de gas natural en el sur del país, con excepción de Montevideo, y en la Ciudad de Paysandú conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I y II<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forman parte del presente Decreto.

Artículo 2Artículo 2

Continúese aplicando la disminución de la base de cálculo a que refiere el literal B del artículo 8, Título 10 del Texto Ordenado 1996, en el monto correspondiente a las detracciones fijadas por la República Argentina a las exportaciones de gas natural, y para la determinación del débito fiscal en el caso de las enajenaciones del referido producto.

Artículo 3Artículo 3

Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado por las enajenaciones de gas natural deberán excluir de la base de cálculo la parte correspondiente al cargo variable definido en la tarifa autorizada por el Poder Ejecutivo.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.