Artículo 1 — Artículo 1
Exceptúase de la prohibición establecida en el artículo 1º del Decreto 206/000 de 19 de julio de 2000 las misiones oficiales y comisiones de servicio al exterior del país cumplidas por funcionarios públicos de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional hasta la fecha del presente Decreto.