Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de julio de 2011 y el 30 de setiembre de 2011, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de ave dispuesta en el artículo 1° del Decreto N° 128/011 de 4 de abril de 2011, con el mismo alcance establecido en el artículo 1° del Decreto 332/007 de 10 de setiembre de 2007.-