Decreto240-2011·2011

EXONERACION DEL IVA A ENAJENACIONES DE CARNE DE AVE, CARNE DE CERDO CON HUESO Y DE CARNE OVINA. PRORROGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de agosto de 2011

Fecha de publicación

15/07/2011

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de julio de 2011 y el 30 de setiembre de 2011, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de ave dispuesta en el artículo 1° del Decreto N° 128/011 de 4 de abril de 2011, con el mismo alcance establecido en el artículo 1° del Decreto 332/007 de 10 de setiembre de 2007.-

Artículo 2Artículo 2

Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de julio de 2011 y el 30 de setiembre de 2011, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne de cerdo con hueso establecida en el artículo 2° del Decreto N° 128/011 de 4 de abril de 2011, con el mismo alcance establecido en el artículo 2° del Decreto 528/007 de 27 de diciembre de 2007.-

Artículo 3Artículo 3

Prorrógase por el período comprendido entre el 1° julio de 2011 y el 30 de setiembre de 2011, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones de carne ovina establecida en el artículo 3° del Decreto N° 128/011 de 4 de abril de 2011.-

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese y archívese.-