Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase al derecho positivo nacional la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) del MERCOSUR N° 04/24, de 10 de abril de 2024.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase al derecho positivo nacional la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) del MERCOSUR N° 04/24, de 10 de abril de 2024.
Artículo 2 — Artículo 2
Adóptanse los "Requisitos zoosanitarios para la importación de semen bovino y bubalino congelado", así como el modelo de Certificado Veterinario Internacional (CVI), aprobados por la citada Resolución, cuyos textos se anexan (*) al presente y forman parte integrante del mismo.
Artículo 3 — Artículo 3
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la Dirección de Servicios Ganaderos, dará cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto.
Artículo 4 — Artículo 4
Derógase el Decreto N° 322/020, de 30 de noviembre de 2020.
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese, etc.