Artículo 1 — Artículo 1
Decrétase duelo oficial el día 18 de mayo de 2009 por el fallecimiento del señor Mario Benedetti.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Decrétase duelo oficial el día 18 de mayo de 2009 por el fallecimiento del señor Mario Benedetti.
Artículo 2 — Artículo 2
La Bandera Nacional permanecerá a media asta el día indicado en el artículo primero en todos los edificios públicos, Embajadas de la República en el exterior, cuarteles, fortalezas, bases aéreas y buques de guerra.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.