Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase al derecho positivo nacional la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) del MERCOSUR N° 05/24, de 10 de abril de 2024.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Incorpórase al derecho positivo nacional la Resolución del Grupo Mercado Común (GMC) del MERCOSUR N° 05/24, de 10 de abril de 2024.
Artículo 2 — Artículo 2
Adóptanse los "Criterios generales de los Estados Partes del MERCOSUR para la evaluación y el reconocimiento del estatus sanitario de los países exportadores", (*) aprobados por la citada Resolución, cuyo texto se anexa al presente y forma parte integrante del mismo.
Artículo 3 — Artículo 3
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección de Servicios Ganaderos, dará cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.