Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el artículo 2º del Decreto 346/999 de 28 de octubre de 1999, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto 170/000 de 7 de junio de 2000, incorporándose como Miembro Permanente de la Junta Nacional de Drogas al Subsecretario del Ministerio de Deporte y Juventud.