Decreto242-2003·2003

EMISION DE BONOS DEL TESORO. BONO GLOBAL 2011, 7,25%

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/06/2003

Fecha de publicación

26/06/2003

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase la emisión de Bonos del Tesoro con vencimiento en 2011, dispuesta por el literal A.2 del artículo 3º del Decreto Nº 130/003, de 9 de abril de 2003, con las modificaciones dispuestas por el Decreto Nº 163/003, de 30 de abril de 2003 (Bono Global 2011 -7,25%-). La suma de Bonos del Tesoro a emitir como resultado de las ampliaciones dispuestas no podrá superar los U$S 53:104.797 (cincuenta y tres millones ciento cuatro mil setecientos noventa y siete dólares de los Estados Unidos de América). (*)

Artículo 2Artículo 2

La fecha de emisión de las ampliaciones no será posterior al 31º de diciembre de 2003.

Artículo 3Artículo 3

Regirán, en lo aplicable, las demás condiciones y requisitos dispuestos en el Decreto Nº 130/003, de 9 de abril de 2003, con las modificaciones dispuestas por el Decreto Nº 163/003, de 30 de abril de 2003, respecto de los Bonos emitidos de acuerdo al literal A.2 del Decreto Nº 130/003.

Artículo 4Artículo 4

Autorízase al Banco Central del Uruguay a negociar y suscribir en representación de la República, los contratos y documentos vinculados que se requieran a los efectos de la colocación y emisión de los Bonos a que refiere el artículo 1º.

Artículo 5Artículo 5

Encomiéndase a la Dra. María Rosa Longone, en su calidad de Asesor Jurídico del Ministerio de Economía y Finanzas, la redacción y firma de las opiniones legales previstas, respecto de las obligaciones asumidas por la República.

Artículo 6Artículo 6

Encomiéndase al Director General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas, Dr. Fernando González, o a quien lo subrogue en caso de ausencia temporal del mismo, la expedición de las demás constancias y certificaciones necesarias.

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, etc.