Artículo 1 — Artículo 1
Agrégase al artículo 1 del Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 13 de enero de 1992, en la escala de $ 5.05, a la Representación Permanente ante el Comité Intergubernamental Coordinador de los Países de la Cuenca del Plata con sede en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina.