Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase para el presente año, la caza comercial de la liebre (Lepus sp), hasta el 15 de agosto inclusive, exclusivamente con destino a los establecimientos frigoríficos habilitados para su procesamiento.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de abril de 1999
Fecha de publicación
8 de noviembre de 1999
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase para el presente año, la caza comercial de la liebre (Lepus sp), hasta el 15 de agosto inclusive, exclusivamente con destino a los establecimientos frigoríficos habilitados para su procesamiento.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.