Decreto244-2018·2018

MODIFICACION DEL DECRETO 150/007, RELATIVO A LA EXONERACION DEL IRAE APLICABLE A LAS ACTIVIDADES DE PRODUCCION DE SOPORTES LOGICOS Y SERVICIOS VINCULADOS A LOS MISMOS Y DEROGACION DEL ART. 163 BIS DEL MENCIONADO DECRETO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/08/2018

Fecha de publicación

20/08/2018

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

(*)

Artículo 2Artículo 2

Software. Ejercicios en curso al 31 de diciembre de 2017.- Los contribuyentes, podrán optar por aplicar a los activos y actividades comprendidas en el literal S) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el régimen de exoneración vigente al 31 de diciembre de 2017, siempre que a esa fecha se hubieran amparado a la misma. Quedan excluidas de aplicar dicho régimen, las rentas derivadas de aquellos activos adquiridos o desarrollados respecto de los cuales se hubieran aplicado por primera vez los beneficios en el período comprendido entre el 1° de octubre y el 31 de diciembre de 2017. Lo dispuesto en el presente artículo será de aplicación para los ejercicios cerrados hasta el 30 de noviembre de 2018, en los términos y condiciones que establezca la Dirección General Impositiva.

Artículo 3Artículo 3

Vigencia.- Las disposiciones incorporadas en el artículo 1° del presente Decreto rigen para ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2018.

Artículo 4Artículo 4

Derogaciones.- Derógase el artículo 163 Bis del Decreto N° 150/007 de 26 de abril de 2007.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.