Artículo 1
REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA LA INDICACION DEL CONTENIDO NOMINAL DE LOS PRODUCTOS SERVILLETAS, TOALLAS Y PAÑUELOS DE PAPEL Art. 1 - La indicación del contenido nominal de los productos, servilletas, toallas y pañuelos de papel deben consignar el número de unidades que contiene cada paquete, como así también expresar las dimensiones lineales (largo y ancho) individuales de cada servilleta, toalla y pañuelo de papel. Art. 2 - La indicación del contenido nominal de los productos toallas de papel en rollos debe consignar el número de toallas contenido en cada rollo, así como sus respectivas dimensiones (largo y ancho). Art. 3 - En la indicación del contenido nominal de toallas de papel en rollos cuando son comercializados en embalajes colectivos, debe constar el número de rollos, así como la cantidad de toallas que cada uno contiene y sus respectivas dimensiones (largo y ancho).