Fíjanse las siguientes categorías por litro, a efectos de la
determinación de los precios fictos del Impuesto Específico Interno
correspondiente a los bienes de los numerales 1) y 4) del artículo 1º del
Título 11 del Texto Ordenado 1996:
a) Bienes del Numeral 1)
NUMERAL 1
- Tasa 20.20% Categoría 1 Categoría 2 Categoría 3
Champagne Hasta $ 91 $ 91.01 a $ 226 $ 226.01 y más
Espumoso o Espumante Hasta $ 60 $ 60.01 y más ---
Garnacha Hasta $ 79 $ 79.01 y más ---
Jerez Hasta $ 71 $ 71.01 y más ---
Jerezano Hasta $ 50 $ 50.01 y más ---
Manzanilla Hasta $ 73 $ 73.01 y más ---
Marsala Hasta $ 70 $ 70.01 y más ---
Mistela Hasta $ 59 $ 59.01 y más ---
Oporto Hasta $ 68 $ 68.01 y más ---
Sangría Hasta $ 26 $ 26.01 y más ---
Seco Hasta $ 75 $ 75.01 y más ---
Vermouth Hasta $ 51 $ 51.01 y más ---
Vino Frutado Hasta $ 33 $ 33.01 y más ---
Vino Licoroso Hasta $ 47 $ 47.01 y más ---
Vino Especial (Cooler) Hasta $ 15 $ 15.01 y más ---
b) Bienes del Numeral 4)
Numeral 4
Categoría 1 Categoría 2 Categoría 3 Categoría 4
Amarga Hasta $ 33 $ 33.01 y más --- ---
Amaro Hasta $ 51 $ 51.01 y más --- ---
Anís Hasta $ 81 $ 81.01 y más --- ---
Aperitivo Hasta $ 29 $ 29.01 y más --- ---
Bitter Hasta $ 50 $ 50.01 y más --- ---
Caña Común Hasta $ 39 $ 39.01 y más --- ---
Caña Espinillar Hasta $ 54 $ 54.01 y más --- ---
Cocktail Hasta $ 79 $ 79.01 y más --- ---
Cognac/Brandy Hasta $ 92 De $ 92.01 a $ 327 $ 327.01 y más ---
Fernet Hasta $ 131 $ 131.01 y más --- ---
Gin Hasta $ 52 $ 52.01 y más --- ---
Ginebra Hasta $ 79 $ 79.01 y más --- ---
Grappa Hasta $ 39 $ 39.01 y más --- ---
Grappamiel Hasta $ 37 $ 37.01 y más --- ---
Guindado Hasta $ 86 $ 86.01 y más --- ---
Licores Hasta $ 112 $ 112.01 y más --- ---
Ron Hasta $ 48 $ 48.01 y más --- ---
Tequila Hasta $ 131 $ 131.01 y más --- ---
Vodka Hasta $ 60 De $ 60.01 a $ 157 $ 157.01 y más ---
Whisky Hasta $ 81 De $ 81.01 a $ 91 De $ 91.01 a 235 $ 235.01
y más
No especificados
hasta 5% vol Hasta $ 33 $ 33.01 y más --- ---
No especificados
más de 5% vol Hasta $ 68 $ 68.01 y más --- ---
Para la inclusión en cada categoría, se considerarán los precios del
fabricante o importador, determinados de acuerdo a lo dispuesto por los
artículos 2º a 6º del Decreto Nº 191/999, de 29 de junio de 1999.- (*)
Fíjanse los siguientes precios fictos, tasas e impuestos por litro, para
la liquidación del Impuesto Específico Interno que grava las bebidas de
origen nacional y extranjero para el semestre julio - diciembre de
2002.-
A) Bebidas De Origen Nacional
(Título 11, artículo 1º, Texto Ordenado 1996)
Numeral 1 Categoría 1 Categoría 2 Categoría 3
- Tasa 20.20% Ficto Impuesto Ficto Impuesto Ficto Impuesto
$ $ $ $ $ $
Champagne 79.65 16.09 166.31 33.60 263.24 53.17
Espumoso o Espumante 50.36 10.17 103.22 20.85 --- ---
Garnacha 70.82 14.30 145.64 29.42 --- ---
Jerez 90.39 18.26 183.12 36.99 --- ---
Jerezano 48.31 9.76 99.34 20.07 --- ---
Manzanilla 26.29 5.31 61.63 12.45 --- ---
Marsala 32.08 6.48 65.56 13.24 --- ---
Mistela 59.34 11.99 119.27 24.09 --- ---
Oporto 51.12 10.33 105.50 21.31 --- ---
Sangría 80.15 16.19 161.54 32.63 --- ---
Seco 61.68 12.46 125.63 25.38 --- ---
Vermouth 40.58 8.20 83.02 16.77 --- ---
Vino Frutado 75.49 15.25 152.14 30.73 --- ---
Vino Licoroso 16.58 3.35 34.14 6.90 --- ---
Vino Especial
(Cooler) 14.14 2.86 29.39 5.94 --- ---
La inclusión de las bebidas en la categoría correspondiente se hará
considerando los precios del fabricante o importador establecidos por el
artículo 1º de este Decreto.-
Numeral 4<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0>
La inclusión de las bebidas en la categoría correspondiente se hará
considerando los precios del fabricante o importador establecidos por el
artículo 1º de este Decreto.-
Numeral 5
Ficto Tasa Impuesto
$ % $
Nacionales 13.16 23.5 3.09
Numeral 6
Ficto Tasa Impuesto
$ % $
Base jugos de fruta 8.89 10.5 0.93
Aguas Minerales y Soda 3.81 10.5 0.40
Alimentos líquidos 7.65 10.5 0.80
Numeral 7
Ficto Tasa Impuesto
$ % $
Maltas 11.15 13 1.45
Alimentos líquidos 7.65 13 0.99
Demás Nacionales 7.65 21.5 1.64
Los concentrados Pre y Post-Mix tributarán el impuesto en función de los
litros de rendimiento correspondientes.-
Numeral 16
Amargos sin alcohol o
aperitivos no alcohólicos 13.80 21.5 2.97
B) Bebidas De Origen Extranjero
En todos los casos el ficto para las bebidas importadas, excepto las
incluidas en los Numerales 1 y 4, equivaldrá al fijado para las de origen
nacional multiplicado por el factor 2.-
Los contribuyentes del Impuesto Específico Interno deberán efectuar en
ocasión de la importación de los bienes incluídos en el Numeral 16
(Amargos sin alcohol o aperitivos no alcohólicos), un anticipo del
Impuesto correspondiente a la primera enajenación de dichos bienes.-
A tales efectos serán aplicables las disposiciones del Decreto Nº
335/996, de 28 de agosto de 1996.-
Fíjanse para los cigarrillos importados el precio ficto, tasa e
impuestos que se detallan, a efectos de la liquidación del Impuesto
Específico Interno correspondiente al semestre julio - diciembre de
2002.-
Ficto Tasa Impuesto
$ % $
Países Limítrofes 26.81 68.5 18.36
Países no Limítrofes 41.24 68.5 28.25
Fíjanse para los cigarrillos comprendidos en el Decreto Nº 276/985, de 3
de julio de 1985, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan a
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente
al semestre julio - diciembre de 2002.-
Ficto Tasa Impuesto
$ % $
Cigarrillos
Decreto Nº 276/985 10.31 68.5 7.06
Fíjanse para los tabacos subastados como decomisos de Aduana, los
precios fictos, tasa e impuestos, que se detallan a efectos de la
liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre
julio - diciembre de 2002.-
TABACOS
Ficto Tasa Impuesto
$ % $
Tipo Amarelinho 8.00 30 2.40
Tipo Hebra Negra 7.00 30 2.10
Tipo Hebra Blanca 7.00 30 2.10
Estos valores corresponden a paquetes de 45 gramos de contenido neto;
para el caso de paquetes con declaración de contenido neto diferente, los
precios fictos se calcularán en forma proporcional.-
Fíjanse para los tabacos importados de origen holandés y sueco que se
mencionan los precios fictos, tasa e impuestos que a continuación se
detallan a efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno
correspondiente al semestre julio - diciembre de 2002.-
Ficto Tasa Impuesto
$ % $
Troost Aromatic Paq. 50 grs. 74.50 30 22.35
Troost Special Paq. 50 grs. 74.50 30 22.35
Troost Black Cavendish Paq. 50 grs. 74.50 30 22.35
Troost Slices Paq. 50 grs. 74.00 30 22.20
Schippers Special Paq. 50 grs. 48.00 30 14.40
Schippers Cavendish Paq. 50 grs. 48.00 30 14.40
Schippers Gross Coupe Paq. 50 grs. 48.00 30 14.40
Erinmore Mild y Mellow Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Erinmore Mixture Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Erinmore Flake Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Sinclair Navy
Flakemild Lata 50 grs. 80.00 30 24.00
Dunhill Standard
Mixture Medium Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Standard
Mixture Mild Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Virginia
Ready Rubbed Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Golden Hours Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill My Mixture Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Night Cup Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill London Mixture Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Elizabeth
Mixture Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Gold Label Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Royal Yacht Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Light Flake Lata 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Rubbed Flake Paq. 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Mild Aromatic Paq. 50 grs. 97.00 30 29.10
Dunhill Mild Blend Paq. 50 grs. 97.00 30 29.10
Borkum Riff Ultra
Light Lata 200 grs. 320.00 30 96.00
Borkum Riff Cherry Lata 200 grs. 320.00 30 96.00
Borkum Riff Black
Cavendish Lata 200 grs. 320.00 30 96.00
Borkum Riff Whiskey Lata 200 grs. 320.00 30 96.00
Borkum Riff Cherry Paq. 50 grs. 65.00 30 19.50
Borkum Riff Black
Cavendish Paq. 50 grs. 65.00 30 19.50
Borkum Riff Whiskey Paq. 50 grs. 65.00 30 19.50
Borkum Riff Ultra
Light Paq. 50 grs. 65.00 30 19.50
Fíjanse para los lubricantes y grasas, los precios fictos, tasa e
impuestos, que se detallan a efectos de la liquidación del Impuesto
Específico Interno correspondiente al semestre julio - diciembre de
2002.-
Ficto Tasa Impuesto
$ % $
Lubricantes valor ficto por litro 31.62 32 10.12
Grasas valor ficto por kilo 41.14 32 13.16
Fíjase para el azúcar refinado en envases o paquetes de hasta 10 kilos,
el precio ficto, tasa e impuesto, que se detallan a efectos de la
liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre
julio - diciembre de 2002.-
Ficto Tasa Impuesto
$ % $
7.39 8 0.59
Artículo 10 — Artículo 10
Comuníquese, públique, etc.-