Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por noventa días el plazo previsto por el Decreto Nº 529/001, de 29 de junio de 2001.-
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase por noventa días el plazo previsto por el Decreto Nº 529/001, de 29 de junio de 2001.-
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese, etc.-