Decreto247-2023·2023

PRORROGA DEL PLAZO DISPUESTO EN LOS ARTS. 1° Y 2° DEL DECRETO 192/022, RELATIVOS A LOS ARANCELES A LAS IMPORTACIONES ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/08/2023

Fecha de publicación

24/08/2023

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2023, lo dispuesto en los artículos 1° y 2° del Decreto N° 192/022, de 14 de junio de 2022, y prorrogado por el Decreto N° 38/023, de 2 de febrero de 2023.

Artículo 2Artículo 2

Dese cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y archívese.