Decreto248-1993·1993

CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE PREVENCION DEL DELITO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de febrero de 1993

Fecha de publicación

16/06/1993

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Comisión Nacional de Prevención del Delito que estará integrada por los Ministros de Interior que la presidirá, Educación y Cultura, Salud Pública y Trabajo y Seguridad Social, el Presidente del INAME y un delegado designado por la Suprema Corte de Justicia. (*)

Artículo 2Artículo 2

La nombrada Comisión tendrá como cometido elaborar los Planes de Trabajo Nacionales y locales tendientes a abatir los niveles de delincuencia, incrementando la seguridad de los ciudadanos.

Artículo 3Artículo 3

Créase la Dirección Nacional de Prevención del Delito, que funcionará en la órbita del Ministerio del Interior y que tendrá como cometidos específicos: a) Ejecutar los planes elaborados por la Comisión Nacional de Prevención del Delito. b) Coordinar y analizar la información que reúnan todos los organismos públicos y privados, que resulte de utilidad para los objetivos que se buscan alcanzar. A esos efectos los organismos de la Administración Pública deberán proporcionar obligatoriamente la colaboración que se les requiera. c) Desarrollar y supervisar el trabajo de campo que sea necesario para dar cumplimiento a los planes elaborados por la Comisión Nacional, en colaboración con las Jefaturas de Policías Departamentales.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.