Artículo 1 — Artículo 1
Adóptanse las Normas sanitarias para el intercambio en el MERCOSUR de caninos y felinos domésticos, aprobado por resolución Nº 4/96 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se anexa al presente y forma parte del mismo. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Adóptanse las Normas sanitarias para el intercambio en el MERCOSUR de caninos y felinos domésticos, aprobado por resolución Nº 4/96 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se anexa al presente y forma parte del mismo. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
El presente decreto regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.