Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase el reintegro al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $ 36:542.402 (pesos uruguayos treinta y seis millones quinientos cuarenta y dos mil cuatrocientos dos), en el marco del Fideicomiso de Administración, creado en cumplimiento del Decreto N° 347/006 de fecha 28 de setiembre de 2006, en la forma y condiciones que la Fiduciaria del mismo establezca, a efectos de no afectar el cumplimiento de obligaciones.-