Decreto25-2021·2021

EXHORTACION A UTE A PRORROGAR LOS PROGRAMAS DE BENEFICIOS COMERCIALES, HASTA EL 31 DE MARZO DE 2021

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/01/2021

Fecha de publicación

22/01/2021

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a prorrogar desde las respectivas fechas vencimiento y hasta el 31 de marzo de 2021 los programas de beneficios promovidos por: * Decreto N° 135/018 de 7 de mayo de 2018; * Decreto N° 170/018 de 4 de junio de 2018; * Decreto N° 264/018 de 27 de agosto de 2018.

Artículo 2Artículo 2

El Ministerio de Industria, Energía y Minería establecerá las condiciones de la prórroga de los programas de beneficios, el mecanismo de implementación, los porcentajes del beneficio y la verificación del cumplimiento de las obligaciones.

Artículo 3Artículo 3

El incumplimiento de los compromisos asumidos por los beneficiarios de la prórroga de los respectivos programas podrá ser considerado como causal de exclusión de futuros beneficios impulsados por el Ministerio de Industria, Energía y Minería.

Artículo 4Artículo 4

El monto máximo a destinar a los programas de beneficios prorrogados por este Decreto será de $ 85.000.000 (pesos uruguayos ochenta y cinco millones).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese y publíquese.