Decreto25-2025·2025

FIJACION DE LA FRANQUICIA ADICIONAL, ESTABLECIDA EN EL ART. 14 DE LA DECISION DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DEL MERCOSUR, EN EL MARCO DEL DECRETO 139/014

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/01/2025

Fecha de publicación

2 de mayo de 2025

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en U$S 500 (quinientos dólares de los Estados Unidos de América) la franquicia adicional, establecida en el artículo 14 de la Decisión del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, internalizada por el Decreto N° 139/014, del 19 de mayo de 2014.

Artículo 2Artículo 2

La franquicia tributaria referida establecida a favor de los viajeros son individuales, personales e intransferibles, y no podrá ser utilizada más de una vez en el intervalo de un mes por viajero.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y archívese.