Decreto250-2001·2001

MODIFICACION AL REGLAMENTO GENERAL DE PRACTICOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de marzo de 2001

Fecha de publicación

7 de junio de 2001

Artículos (1)

Artículo 1

Artículo 1.- Sustitúyese el numeral III) del artículo 124 del Reglamento General de Prácticos, aprobado por el Decreto 308/986 de 10 de junio de 1986, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "III) Los valores de las tarifas de practicaje se ajustarán cada seis meses a contar desde el 1ro. de enero de cada año, aplicando la fórmula paramétrica establecida en los numerales I) y II) del presente. La aprobación pertinente será efectuada en cada oportunidad por el Prefecto Nacional Naval.".-