Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas a regir a partir del 1º de julio de 2004, para el suministro de gas propano por redes a la Ciudad de la Costa, y gas natural a la Ciudad de Paysandú y sur del país, conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I, II y III, que forman parte del presente decreto.