Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Septuagésimo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 2, suscrito el 30 de mayo de 2012 entre los Gobiernos de la República Federativa del Brasil y de la República Oriental del Uruguay (*), Estados Partes del MERCOSUR, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980.