Artículo 1 — Artículo 1
Suspéndese hasta el 30 de setiembre de 2000 inclusive, la vigencia del régimen previsto en el Decreto Nº 194/000 de 5 de julio de 2000.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Suspéndese hasta el 30 de setiembre de 2000 inclusive, la vigencia del régimen previsto en el Decreto Nº 194/000 de 5 de julio de 2000.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.