Decreto254-2001·2001

APROBACION DE ESTADOS CONTABLES DE SOCIEDADES COMERCIALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de abril de 2001

Fecha de publicación

7 de octubre de 2001

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Los estados contables, el proyecto de utilidades, la memoria e informe del síndico o comisión fiscal, de las sociedades abiertas, serán sometidos a la aprobación de los socios accionistas en un plazo que no excederá los ciento veinte días contados desde la finalización del ejercicio económico.-

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc..-