Decreto254-2022·2022

EXONERACION DE LOS APORTES JUBILATORIOS PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL A LAS AGENCIAS DE VIAJES Y EMPRESAS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE TURISMO Y EXCURSIONES, POR EL PLAZO QUE SE DETERMINA. 1° DE ENERO DE 2022 - 31 DE DICIEMBRE DE 2022

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de agosto de 2022

Fecha de publicación

8 de noviembre de 2022

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Exonérase de aportes jubilatorios patronales a la Seguridad Social por el periodo 1° de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022, a las agencias de viaje y las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones.

Artículo 2Artículo 2

Facúltase al Banco de Previsión Social a determinar los requisitos formales que las empresas comprendidas deberán cumplir para acceder a la exoneración dispuesta en el presente Decreto.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.