Decreto254-2024·2024

MODIFICACION DEL ART. 8 DEL DECRETO 6961/953, RELATIVO A LA IMPORTACION Y EXPENDIO DE ACEITES COMESTIBLES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de setiembre de 2024

Fecha de publicación

20/09/2024

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el artículo 8 del Decreto N° 6961/953, de 23 de julio de 1953, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Los Fabricantes de aceites vegetales comestibles deberán tener al momento de solicitar la habilitación del establecimiento a un Ingeniero Químico, un Químico Farmacéutico o un Ingeniero Alimentario, en la Dirección Técnica del mismo. Éste será el responsable del aspecto sanitario solidariamente con el representante legal de la empresa."

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese.