Decreto255-2004·2004

FIJACION DEL SALARIO MINIMO NACIONAL. JULIO 2004

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/07/2004

Fecha de publicación

28/07/2004

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Establécese el monto del Salario Mínimo Nacional, a todos sus efectos, en la suma de $ 1.310,00 (pesos uruguayos mil trescientos diez) mensuales o su equivalente, resultante de dividir dicho importe entre veinticinco para determinar el jornal diario o entre doscientos para determinar el jornal horario. (*)

Artículo 2Artículo 2

Lo dispuesto en el articulo 1º regirá a partir del 1º de julio de 2004 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales y de la esquila.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y publíquese en dos diarios de circulación nacional.