Artículo 1 — Artículo 1
La Comisión Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado creada por Decreto Nº 378/002 de 28 de setiembre de 2002 dependerá en forma directa del Ministerio de Economía y Finanzas. Se promoverán a través de dicho Ministerio las actuaciones de la Comisión que deban ser sometidas a la aprobación por el Poder Ejecutivo.