Decreto258-2021·2021

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. COLONIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de junio de 2021

Fecha de publicación

8 de diciembre de 2021

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE), la fracción del inmueble empadronado con el N° 10543 (p), de la 8ª sección catastral del departamento de Colonia, que según plano de mensura N° 1607 del Departamento de Bienes Raíces levantado por el Ing. Agrim. Facundo IBARGOYEN, el predio a adquirir consta de un área de 8326 m² 53 dm² que se deslinda de la siguiente manera: al este, sobre Camino Vecinal recta de 75,00 m, al sur recta de 90,00 m sobre fracción restante del padrón N° 10543, al oeste recta de 110,03 m sobre fracción restante del padrón N° 10543 y al norte recta de 96,58 m sobre padrón N° 6668.

Artículo 2Artículo 2

La Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 15.027, de 17 de junio de 1980.

Artículo 3Artículo 3

Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.