Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE), la fracción del inmueble empadronado con el N° 10543 (p), de la 8ª sección catastral del departamento de Colonia, que según plano de mensura N° 1607 del Departamento de Bienes Raíces levantado por el Ing. Agrim. Facundo IBARGOYEN, el predio a adquirir consta de un área de 8326 m² 53 dm² que se deslinda de la siguiente manera: al este, sobre Camino Vecinal recta de 75,00 m, al sur recta de 90,00 m sobre fracción restante del padrón N° 10543, al oeste recta de 110,03 m sobre fracción restante del padrón N° 10543 y al norte recta de 96,58 m sobre padrón N° 6668.