Decreto258-2024·2024

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. AGOSTO 2024

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/09/2024

Fecha de publicación

25/09/2024

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (UR) correspondiente al mes de agosto de 2024, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 1.740,23 (pesos uruguayos mil setecientos cuarenta con 23/100).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de agosto de 2024 en $ 1.729,74 (pesos uruguayos mil setecientos veintinueve con 74/100).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Índice de Precios del Consumo asciende en el mes de agosto de 2024 a 108,76 (ciento ocho con 76/100), sobre base octubre 2022=100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de setiembre de 2024 es de 1,0557 (uno con quinientos cincuenta y siete diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese y archívese.