Decreto259-2009·2009

IMPORTACIONES EN ADMISION TEMPORARIA. NACIONALIZACION DE MERCADERIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de enero de 2009

Fecha de publicación

6 de agosto de 2009

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a las empresas que trabajan en régimen de admisión temporaria, a nacionalizar los bienes ingresados al amparo de dicho régimen, dentro de los primeros doce meses del plazo establecido en el artículo 4º del Decreto Nº 380/004 de 22 de octubre de 2004, pagando exclusivamente los derechos de importación que correspondan, sin la aplicación de multas y recargos.

Artículo 2Artículo 2

La autorización referida en el artículo 1º regirá hasta el 31 de diciembre de 2009.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.