Decreto26-1995·1995

MODIFICACION DE COMPETENCIAS AL REGISTRO PUBLICO Y GENERAL DE COMERCIO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/01/1995

Fecha de publicación

25/01/1995

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

A partir del 1º de enero de 1995 el Registro Público y General de Comercio tendrá competencia nacional. En consecuencia, a partir de dicha fecha, se inscribirán en el mismo, todos los actos y contratos que actualmente se inscriben en los Registros de Comercio a cargo de los Juzgados Letrados del Interior del país, cualquiera sea su data.

Artículo 2Artículo 2

Se aplicará en el caso, todas las normas legales y reglamentarias que regulan la inscripción en el Registro Público y General de Comercio.

Artículo 3Artículo 3

Cuando se presenten a inscribir actos modificativos o extintivos de otros todavía en poder de los Juzgados respectivos, deberá adjuntarse al documento que se pretenda inscribir, testimonios de las inscripciones anteriores, expedido conforme al artículo 105.2 del Código General del Proceso. (*)

Artículo 4Artículo 4

La Dirección General de Registros, en acuerdo con el Juzgado respectivo, determinará las fechas en que se vayan incorporando a sus archivos las actuaciones anteriores al 1º de enero de 1995. De la transferencia de la documentación y de su estado, se dejará constancia en actas. (*)

Artículo 5Artículo 5

El Registro Público y General de Comercio informará sobre los actos y contratos inscriptos con posterioridad al 1º de enero de 1995 en todos los casos. Informará asimismo sobre las actuaciones anteriores que se le vayan incorporando, conforme a los artículos 3 y 4 del presente decreto.

Artículo 6Artículo 6

Los comerciantes y sociedades comerciales del interior del país que presenten a certificar libros, podrán hacerlo tanto en el Registro Público y General de Comercio con sede en Montevideo, como en el Registro de la Propiedad correspondiente al lugar de su domicilio, el que dará cuenta a aquel de las certificaciones que realice.

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, publíquese, etc.