Decreto26-2000·2000

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 1999. ENERO 2000

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/01/2000

Fecha de publicación

2 de febrero de 2000

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de diciembre de 1999, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 195,17 (pesos uruguayos ciento noventa y cinco con 17/100).-

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de diciembre de 1999 en $ 194,86 (pesos uruguayos ciento noventa y cuatro con 86/100).-

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo, asciende en el mes de diciembre de 1999 a 124,15 (ciento veinticuatro con 15/100), sobre base marzo 1997=100.-

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 2000 es de 1,0417 (uno con cuatrocientos diecisiete diezmilésimos).-

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.-