Decreto26-2010·2010

FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 2009

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/01/2010

Fecha de publicación

2 de marzo de 2010

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes de diciembre de 2009, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en $ 434,65 (pesos uruguayos cuatrocientos treinta y cuatro con sesenta y cinco centésimos).

Artículo 2Artículo 2

Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores, fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de diciembre de 2009 en $ 432,62 (pesos uruguayos cuatrocientos treinta y dos con sesenta y dos centésimos).

Artículo 3Artículo 3

El número índice correspondiente al Indice General de los Precios del Consumo asciende en el mes de diciembre de 2009 a 282,43 (doscientos ochenta y dos con cuarenta y tres), sobre base marzo 1997 = 100.

Artículo 4Artículo 4

El coeficiente que se tendrá en cuenta para el reajuste de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 2010 es de 1,0590 (uno con quinientos noventa diezmilésimos).

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese y archívese.