Decreto26-2015·2015

OTORGAMIENTO DE CREDITO FISCAL PARA LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/01/2015

Fecha de publicación

26/01/2015

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en 6 (seis) puntos porcentuales el crédito del Impuesto al Valor Agregado a que refiere el artículo 1° de la Ley N° 18.464, de 11 de febrero de 2009, con la redacción dada por el artículo 4° de la Ley N° 19.302 de 29 de diciembre de 2014, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2015 y el 30 de setiembre de 2015.

Artículo 2Artículo 2

Fíjase en 22 (veintidós) puntos porcentuales el crédito a que refiere el artículo 1° de la Ley N° 18.707 de 13 de diciembre de 2010, con la redacción dada por la Ley N° 19.197 de 26 de marzo de 2014, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2015 y el 30 de setiembre de 2015.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.