Artículo 1 — Artículo 1
Transfiérense al Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria los cometidos y atribuciones en materia de investigación veterinaria directamente relacionados con los objetivos del mismo establecidos en el artículo 2 de la ley 16.065, de fecha 6 de octubre de 1989, conforme a la determinación de prioridades que la ley comete a su Junta Directiva.