Artículo 1 — Artículo 1
Inclúyese en la escala de cargos prevista en el artículo 456º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, los cargos y montos que a continuación se detallan: Juez Letrado Suplente $ 3.500,oo Secretario Letrado $ 3.500,oo Prosecretario $ 3.000,oo Juez de Faltas $ 2.500,oo Asistente Téc. Ldo. Adsc $ 3.000,oo Asesor Tec. Adsc. $ 2.500,oo