Artículo 1 — Artículo 1
Declárase promovida al amparo del artículo 11 de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad desarrollada por el fideicomiso de administración creado por el Decreto Nº 347/006, de 28 de setiembre de 2006. (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
6 de febrero de 2008
Fecha de publicación
6 de setiembre de 2008
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase promovida al amparo del artículo 11 de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad desarrollada por el fideicomiso de administración creado por el Decreto Nº 347/006, de 28 de setiembre de 2006. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Exonérase del Impuesto al Patrimonio el patrimonio afectado a las actividades promovidas. (*)
Artículo 3 — Artículo 3
Exonérase del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas las rentas derivadas de la realización de las actividades promovidas. (*)
Artículo 4 — Artículo 4
El presente Decreto rige desde el 1º de julio de 2007.
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese, publíquese, etc.